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Circunstancias extraordinarias en el EU261: la lista completa

Mal tiempo, huelgas, tripulación enferma, aves: qué motivos permiten negar la compensación del EU261, la sentencia clave de cada uno y cómo comprobarlo.

Por el equipo de reclamaciones de FlyClaims · 16 de octubre de 2026 · 8 min de lectura

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Una aerolínea solo puede negarse a pagar la compensación del EU261 si el retraso o la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado ni siquiera adoptando todas las medidas razonables. El Tribunal de Justicia interpreta esta excepción de forma restrictiva: los fallos técnicos, la enfermedad de la tripulación y las huelgas del propio personal de la aerolínea no suelen ser extraordinarios, mientras que las huelgas de controladores aéreos, los choques con aves, la ceniza volcánica y el mal tiempo grave sí suelen serlo. La aerolínea tiene que demostrar tanto la causa como que hizo todo lo que razonablemente podía.

Claves principales

  • La carga de la prueba recae en la aerolínea. Escribir «motivos operativos» o «meteorología» en un correo no demuestra nada.
  • Hay que acreditar dos cosas: que el hecho fue extraordinario y que la aerolínea adoptó todas las medidas razonables para evitar la incidencia.
  • Normalmente no extraordinarios: fallos técnicos, enfermedad de la tripulación, huelgas del propio personal de la aerolínea y retrasos en cadena que la aerolínea no sabe explicar.
  • Normalmente extraordinarios: huelgas de controladores, choques con aves, ceniza volcánica, mal tiempo grave, objetos en la pista, pasajeros conflictivos y fallos del suministro de combustible del aeropuerto.
  • Si te han rechazado la reclamación, pide pruebas y comprueba tu vuelo.

El criterio jurídico

El artículo 5, apartado 3, del Reglamento 261/2004 exime a la aerolínea de pagar compensación si puede demostrar que la cancelación o el retraso se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. El considerando 14 da ejemplos de lo que puede considerarse extraordinario: inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con el vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de la aerolínea.

El considerando es un punto de partida, y el Tribunal lo ha restringido considerablemente. Desde el asunto Wallentin-Hermann (C-549/07), un hecho solo es extraordinario si:

  1. No es inherente al ejercicio normal de la actividad de la aerolínea, y
  2. Escapa al control efectivo de la aerolínea.

El segundo requisito: las medidas razonables

Ni siquiera un hecho realmente extraordinario zanja la cuestión. La aerolínea también debe demostrar que adoptó las medidas razonables en su situación para evitar el retraso o la cancelación, o para acortarlos. El Tribunal ha dicho que las aerolíneas deben prever un margen de tiempo de reserva en sus horarios (Eglītis, C-294/10) y que entre las medidas razonables puede estar ofrecer a los pasajeros un transporte alternativo en un vuelo de otra aerolínea si así llegan antes a su destino (C-74/19).

Una tormenta por la mañana no justifica automáticamente un retraso de 9 horas por la tarde. La aerolínea tiene que vincular el hecho con tu vuelo y explicar por qué no pudo recuperarse antes.

La tabla de referencia

Esta tabla recoge los motivos que las aerolíneas alegan con más frecuencia. «Depende» significa que el resultado depende de los hechos y de lo que la aerolínea pueda demostrar.

Motivo que alega la aerolínea ¿Normalmente extraordinario? Sentencia o fuente de referencia
Fallo técnico detectado antes de la salida No Wallentin-Hermann, C-549/07
Pieza que falló antes de lo previsto No van der Lans, C-257/14
Defecto de fabricación oculto que afecta a la seguridad Depende (excepción limitada) C-385/23
Choque con aves Sí Pešková, C-315/15
Un vehículo del aeropuerto (p. ej., una escalerilla) golpea el avión No Siewert, C-394/14
Un tornillo u otro objeto en la pista daña un neumático Sí C-501/17 (Germanwings)
Un vertido de combustible obliga a cerrar la pista Sí Moens, C-159/18
Huelga del propio personal de la aerolínea No Airhelp/SAS, C-28/20
Huelga salvaje / bajas por enfermedad masivas de la tripulación No Krüsemann, C-195/17
Huelga de controladores aéreos Sí Considerando 14; jurisprudencia nacional constante
Huelga del personal del aeropuerto o de seguridad (no de la aerolínea) Por lo general, sí Considerando 14
Enfermedad de la tripulación o fallecimiento repentino de un tripulante No TAP Portugal, C-156/22 a C-158/22
Tripulación que agota sus horas de servicio No Principio general
Mal tiempo grave en la salida o en la llegada Depende Considerando 14
Ceniza volcánica que cierra el espacio aéreo Sí McDonagh, C-12/11
Retraso arrastrado de un vuelo anterior del mismo avión Depende C-74/19 (LE/TAP)
Pasajero conflictivo que obliga a desviar el vuelo Sí C-74/19 (LE/TAP)
Fallo del suministro de combustible del aeropuerto Sí C-308/21 (KU/SATA)
Desvío por una emergencia médica Por lo general, sí Jurisprudencia nacional
Alerta de seguridad o evacuación del aeropuerto Por lo general, sí Considerando 14
Inestabilidad política o cierre del espacio aéreo Por lo general, sí Considerando 14
Restricciones de franjas horarias (slots) del control aéreo o límites de capacidad Depende Considerando 15

Esta tabla es orientativa. Los tribunales examinan los hechos de cada vuelo, y en todas las filas con «Sí» la aerolínea sigue teniendo que superar el criterio de las medidas razonables.

Problemas técnicos

Las averías detectadas en las revisiones, los componentes que se desgastan y las piezas que fallan antes de su sustitución programada forman parte de la gestión de una aerolínea. Wallentin-Hermann y van der Lans lo dejaron claro, y eso cubre la mayoría de los rechazos por «problema técnico».

La excepción limitada es un defecto de fabricación oculto que afecte a la seguridad del vuelo, que el Tribunal confirmó en el asunto C-385/23 que puede ser extraordinario en casos limitados. Los daños causados por un hecho externo, como un choque con aves o un objeto extraño en la pista, también pueden serlo. Los daños causados por el propio equipo de tierra del aeropuerto, por lo general, no: en Siewert, una escalerilla de embarque golpeó el avión y el Tribunal lo consideró parte de las operaciones normales. Nuestra guía sobre los problemas técnicos analiza estos asuntos en detalle.

Choques con aves y objetos en la pista

En el asunto Pešková (C-315/15), el Tribunal declaró que la colisión con un ave es extraordinaria. Añadió que la aerolínea debe demostrar igualmente que adoptó medidas razonables, y que el tiempo dedicado a las revisiones de seguridad posteriores solo cuenta si esas revisiones eran obligatorias. El mismo razonamiento se aplicó en el asunto C-501/17, en el que un tornillo en la pista dañó un neumático, y en Moens (C-159/18), en el que un vertido de combustible en la pista obligó a cerrarla.

Huelgas

Quién hace la huelga decide el resultado. Una huelga de los propios pilotos o de la tripulación de cabina de la aerolínea por salarios y condiciones laborales no es extraordinaria (Airhelp/SAS, C-28/20), y tampoco lo son las bajas por enfermedad masivas de la tripulación tras el anuncio de una reestructuración (Krüsemann, C-195/17). Las huelgas de controladores aéreos o del personal del aeropuerto escapan al control de la aerolínea y, por lo general, se aceptan como extraordinarias. Aun así, la aerolínea tiene que demostrar que tu vuelo se vio realmente afectado y que, cuando pudo, se organizó para hacer frente a una huelga anunciada con antelación. Consulta huelgas de la aerolínea frente a huelgas de controladores y nuestra página sobre la compensación por huelga.

Meteorología

El considerando 14 habla de condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo. Una nevada intensa que cierra un aeropuerto, tormentas sobre el aeródromo o niebla por debajo de los mínimos de aterrizaje pueden cumplir ese criterio. Un chubasco o una previsión que nunca llegó a cumplirse, normalmente no.

En la práctica, importa lo siguiente:

  • Momento y lugar. El tiempo tiene que haber afectado a tu vuelo en el aeropuerto y a la hora pertinentes.
  • Otros vuelos. Si otras aerolíneas operaron vuelos similares a la misma hora, es un indicio claro de que las condiciones no lo impedían.
  • Recuperación. Una breve espera por el tiempo no justifica seis horas más de retraso causadas por la propia planificación de la aerolínea.

Enfermedad y falta de tripulación

El Tribunal abordó la enfermedad de la tripulación en TAP Portugal (asuntos acumulados C-156/22 a C-158/22), en el que un copiloto falleció de forma inesperada poco antes de la salida. El Tribunal declaró que la ausencia de un tripulante por enfermedad o fallecimiento es inherente al ejercicio normal de la actividad de una aerolínea. Se espera que las aerolíneas lo tengan previsto, por ejemplo, con tripulaciones de reserva.

Por tanto, la enfermedad de la tripulación no suele ser extraordinaria, y tampoco lo son la falta de tripulación ni que la tripulación agote sus horas de servicio permitidas.

Ceniza volcánica

En el asunto McDonagh (C-12/11), derivado de la erupción del Eyjafjallajökull en 2010, el Tribunal consideró extraordinarios los cierres del espacio aéreo. También declaró que el deber de asistencia se mantiene durante esos hechos, por lo que seguían debiéndose las comidas y el hotel.

Retrasos en cadena de un vuelo anterior

Tu avión suele hacer varios trayectos antes que el tuyo. En el asunto C-74/19 (LE/TAP), el Tribunal permitió a una aerolínea invocar una circunstancia extraordinaria que afectó a un vuelo anterior operado con el mismo avión, pero solo cuando existe un nexo causal directo entre ese hecho y tu retraso. La aerolínea tiene que identificar el hecho anterior, demostrar que fue extraordinario y explicar cómo repercutió en tu vuelo. Un «retraso en la llegada del avión anterior» sin más detalles no basta.

Pasajeros conflictivos, emergencias médicas y seguridad

En ese mismo asunto, C-74/19, se declaró que el comportamiento perturbador de un pasajero que obliga a desviar el vuelo puede ser extraordinario, salvo que la aerolínea contribuyera a él, por ejemplo, embarcando a un pasajero cuyo comportamiento ya mostraba señales de alarma. Los tribunales nacionales suelen tratar de forma parecida un desvío por la emergencia médica de un pasajero. Las alertas de seguridad, las evacuaciones de aeropuertos y los cierres del espacio aéreo por conflictos o inestabilidad política figuran en el considerando 14 y suelen aceptarse, siempre que se supere el criterio de las medidas razonables.

Falta de combustible en el aeropuerto

En el asunto C-308/21 (KU/SATA Internacional), falló el sistema de suministro de combustible del aeropuerto. El suministro de combustible era responsabilidad del aeropuerto, por lo que el Tribunal consideró que el fallo escapaba al control de la aerolínea y podía ser extraordinario.

Restricciones del control aéreo y retrasos por slot

El considerando 15 establece que una decisión de la gestión del tránsito aéreo que afecte a un avión concreto en un día concreto puede ser extraordinaria. Un retraso por slot bien puede escapar al control de la aerolínea, pero tiene que ser lo bastante largo como para explicar el retraso que tuviste realmente. Pide los registros de slots (por ejemplo, los datos de asignación de slots de Eurocontrol) y compara los minutos.

Qué hacer cuando la aerolínea alega circunstancias extraordinarias

  1. Pide detalles por escrito. ¿Qué pasó exactamente, dónde, cuándo y cómo afectó a tu vuelo?
  2. Pide las pruebas. Si alega meteorología, los informes METAR o TAF del aeropuerto y la hora. Si alega el control aéreo, los registros de slots y los avisos de Eurocontrol. Si alega problemas técnicos, las anotaciones correspondientes del registro técnico. Si alega un retraso en cadena, el vuelo que operó el avión antes del tuyo y qué falló.
  3. Compruébalo tú mismo. Los informes meteorológicos históricos son públicos, y también los horarios de salida de otras aerolíneas.
  4. Comprueba las medidas razonables. ¿Intentó la aerolínea encontrar otro avión u otra tripulación? ¿Te ofreció un transporte alternativo antes, incluso con otra aerolínea?
  5. Escala la reclamación si es necesario. Puedes acudir al organismo nacional de control, a un sistema de resolución alternativa de litigios o a los tribunales. Los tribunales pueden ordenar a la aerolínea que aporte sus registros.

Puedes escribir tú mismo a la aerolínea con nuestra herramienta gratuita de carta de reclamación o comprobar tu vuelo y dejar que FlyClaims se encargue. Cobramos un 20 % IVA incluido, si no ganamos, no cobramos, y no hay ningún cargo adicional si el caso llega a los tribunales. Para saber cuánto podría corresponderte, usa la calculadora de compensación.

Qué cambia en 2027

El Reglamento (UE) 2026/2202 se aplica a partir del 23 de octubre de 2027. Según el texto publicado y los primeros comentarios, incorpora al reglamento el criterio de Wallentin-Hermann y añade un anexo no exhaustivo de hechos que pueden considerarse circunstancias extraordinarias, que recoge en gran medida la jurisprudencia existente. La aerolínea seguirá teniendo que demostrar el hecho y que adoptó medidas razonables. Las incidencias anteriores a esa fecha siguen sujetas al Reglamento 261/2004. Más información en las nuevas normas de la UE para pasajeros de 2027 y en nuestra visión general del EU261.

Pasajeros del Reino Unido: el UK261 aplica el mismo criterio. Las sentencias del TJUE dictadas después del 31 de diciembre de 2020, como Airhelp/SAS y TAP Portugal, no vinculan a los tribunales británicos, aunque estos pueden tenerlas en cuenta.

Preguntas frecuentes

¿Puede una aerolínea negarse a pagar la compensación por el mal tiempo?

Sí, pero solo si el tiempo era lo bastante adverso como para hacer el vuelo inseguro o imposible, causó realmente tu retraso y la aerolínea no podía razonablemente haber evitado o acortado la incidencia. Pide los datos meteorológicos del aeropuerto y la hora.

¿La enfermedad de la tripulación es una circunstancia extraordinaria?

Por lo general, no. En TAP Portugal (C-156/22 a C-158/22), el Tribunal declaró que incluso el fallecimiento repentino de un copiloto justo antes de la salida formaba parte de las operaciones normales. Se espera que las aerolíneas dispongan de tripulaciones de reserva.

¿Me corresponde compensación por una huelga de controladores aéreos?

Normalmente no, porque la huelga escapa al control de la aerolínea. Sigues teniendo derecho de asistencia y, si se cancela tu vuelo, a un reembolso o a un transporte alternativo.

¿Un choque con aves significa que no hay compensación?

A menudo, sí. Un choque con aves es extraordinario (Pešková, C-315/15). La aerolínea debe demostrar igualmente que gestionó lo ocurrido después de forma razonable, y solo cuentan las revisiones de seguridad obligatorias.

¿Me siguen correspondiendo comidas y hotel si las circunstancias fueron extraordinarias?

Sí. El derecho de asistencia se aplica sea cual sea la causa (McDonagh, C-12/11).

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