Huelgas del personal de la aerolínea: puedes reclamar
El Tribunal de Justicia resolvió en los asuntos Krüsemann (C-195/17) y Airhelp contra SAS (C-28/20) que las huelgas de los propios pilotos o tripulantes de cabina de una aerolínea, incluidas las huelgas legales convocadas por sindicatos, no son circunstancias extraordinarias. Puedes reclamar la indemnización.
Huelgas del control aéreo y del aeropuerto: normalmente no
Las huelgas de controladores aéreos, personal de seguridad o trabajadores del aeropuerto escapan al control de la aerolínea y normalmente la eximen de pagar la indemnización. Conservas tu derecho a asistencia y al reembolso o al cambio de ruta.
Huelgas anunciadas con antelación
Aunque la huelga se anunciara con tiempo, se aplica la regla de los 14 días: si la aerolínea canceló tu vuelo con menos de 14 días de antelación a la salida, aún puede deberse la indemnización.
Preguntas habituales
¿Y si la huelga fue de un subcontratista de la aerolínea?
Depende del caso. El personal de asistencia en tierra que trabaja para la aerolínea puede considerarse responsabilidad de esta. Revisamos los detalles.